Cuando termina una relación laboral, lo primero que se pierde no es el sueldo: es el tiempo. El Código del Trabajo fija plazos breves para reclamar, y varios de ellos se cuentan en días hábiles desde el día en que te separaron de tus funciones. Este es el mapa de los que realmente importan.
1. La carta de despido: 3 días hábiles del empleador
El artículo 162 obliga al empleador a comunicar el despido por escrito, entregado personalmente o enviado por carta certificada al domicilio registrado en el contrato, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la separación. La carta debe indicar la causal invocada y los hechos en que se funda, además del estado de pago de las cotizaciones previsionales.
Hay dos matices: el plazo sube a 6 días hábiles cuando se invoca caso fortuito o fuerza mayor, y cuando el despido es por necesidades de la empresa (artículo 161) el aviso debe darse con 30 días de anticipación, salvo que el empleador pague la indemnización sustitutiva del aviso previo.
Si nunca recibiste una carta, o la recibiste sin causal ni hechos, eso no invalida por sí solo el término del contrato, pero sí juega a tu favor en juicio.
2. El finiquito: 10 días hábiles
El artículo 177 exige que el finiquito se otorgue y su pago se ponga a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles contados desde la separación. No es una sugerencia: es un plazo legal.
3. La demanda por despido injustificado: 60 días hábiles
Es el plazo central. Corre desde la separación y se suspende si presentas un reclamo ante la Inspección del Trabajo, pero incluso con esa suspensión la ley pone un tope: en ningún caso puede ejercerse la acción después de 90 días hábiles desde la separación.
Dicho de otro modo: reclamar en la Inspección te da aire, no tiempo ilimitado. Si el comparendo no termina en acuerdo, hay que demandar.
4. Tutela laboral: también 60 días hábiles
Cuando el despido vulnera derechos fundamentales —discriminación, represalias por reclamar, afectación de la honra o la integridad— la vía es el procedimiento de tutela laboral. El plazo es igualmente de 60 días hábiles y se suspende de la misma forma con el reclamo administrativo.
En un despido, la tutela puede acumularse a la demanda por despido injustificado, y contempla una indemnización adicional de 6 a 11 remuneraciones mensuales. Puedes revisar el detalle en nuestra página de tutela laboral.
5. Nulidad del despido por cotizaciones impagas: 6 meses
Si al momento del despido tu empleador no tenía íntegramente pagadas tus cotizaciones previsionales, el despido no produce el efecto de poner término al contrato mientras no se convalide (la llamada Ley Bustos, artículo 162). Esta acción tiene un plazo mayor —6 meses desde el término de los servicios—, pero en la práctica conviene ejercerla junto con la demanda principal, dentro de los mismos 60 días hábiles.
Qué reunir antes de que se te acabe el tiempo
Mientras más completo llegues a la primera evaluación, más rápido se puede definir la acción correcta:
- Carta de despido (o constancia de que nunca la recibiste).
- Contrato de trabajo y sus anexos.
- Las últimas 3 a 6 liquidaciones de sueldo.
- Certificado de cotizaciones previsionales de AFP y de salud.
- El finiquito que te ofrecieron, aunque no lo hayas firmado.
- Correos, mensajes o audios relacionados con el término del contrato.
Si no estás seguro de en qué día del plazo estás, esa es precisamente la primera pregunta que resolvemos en la evaluación.
Preguntas frecuentes
Son días hábiles. En materia laboral no se cuentan sábados, domingos ni festivos (artículo 435 del Código del Trabajo). Aun así, el plazo tiene un tope absoluto de 90 días hábiles cuando se suspende por un reclamo ante la Inspección del Trabajo.
Sirve para dos cosas: suspende el plazo para demandar y abre una instancia de conciliación donde muchos casos se cierran con acuerdo. Pero no reemplaza a la demanda: si no hay acuerdo, igual hay que ir a tribunales dentro del plazo.
Depende de cómo lo firmaste. Un finiquito ratificado ante ministro de fe y sin reservas tiene poder liberatorio sobre lo que consigna. Si dejaste constancia de reserva de derechos, o si el finiquito no fue ratificado, hay espacio para reclamar. Conviene revisar el documento antes de descartar el caso.
¿Tu caso se parece a esto? Lo revisamos sin costo.
Este artículo es información general y no reemplaza una asesoría. En muchos despidos tienes sólo 60 días hábiles para demandar: cuéntanos tu situación y te decimos qué acción corresponde.