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Nulidad del despido (Ley Bustos)

Si el empleador te despidió con cotizaciones previsionales impagas, el despido no produce sus efectos hasta que regularice íntegramente la deuda.

DE QUÉ SE TRATA

Si tus cotizaciones no estaban pagadas, el empleador puede enfrentar graves consecuencias

Al momento de despedirte, tu empleador debe tener completamente pagadas tus cotizaciones previsionales. Si existen cotizaciones pendientes de pago, el término de la relación laboral puede quedar sin efecto mientras el empleador no regularice su situación previsional.

La denominada Ley Bustos establece que el empleador que despide a un trabajador manteniendo cotizaciones impagas debe cumplir con la obligación de pagarlas y acreditar su regularización para que el despido produzca plenamente sus efectos.

Esta situación puede ocurrir cuando existen deudas en:

Cotizaciones de AFP.
Cotizaciones de salud (Fonasa o Isapre).
Seguro de cesantía.

Si el empleador no estaba al día con tus cotizaciones al momento del despido, puede quedar obligado a pagar tus remuneraciones y demás prestaciones laborales desde la fecha del término del contrato hasta la convalidación del despido, es decir, hasta que regularice íntegramente las cotizaciones adeudadas.

Además, esta acción puede acumularse con otras demandas laborales, como despido injustificado, cobro de prestaciones adeudadas o tutela laboral, dependiendo de los antecedentes del caso.

¿Fuiste despedido y no sabes si tus cotizaciones estaban pagadas? Envíanos tus antecedentes y revisaremos si tu empleador cumplió con sus obligaciones previsionales.

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MARCO LEGAL

Ley aplicable

Art. 162 inc. 5–7 C. del Trabajo
Establece que el despido no produce efecto si no están pagadas las cotizaciones, obligando a pagar remuneraciones hasta la convalidación.
Ley N° 19.631 (Ley Bustos)
Introdujo la sanción de nulidad del despido por cotizaciones previsionales impagas.
Art. 480 C. del Trabajo
Regula los plazos de prescripción de las acciones laborales aplicables al cobro.
TUS DERECHOS

¿Qué puedes reclamar?

Remuneraciones desde el despido hasta la convalidación
Pago íntegro de las cotizaciones previsionales adeudadas
Indemnizaciones propias del despido injustificado
Cotizaciones de salud y seguro de cesantía pendientes
DUDAS FRECUENTES

Preguntas y respuestas

Puedes revisar tus cartolas de AFP, Fonasa/Isapre y AFC. Si detectas lagunas coincidentes con tu periodo trabajado, es un fuerte indicio. Podemos ayudarte a verificarlo.

Hasta que convalide el despido, esto es, hasta que pague la totalidad de las cotizaciones adeudadas y te lo comunique por escrito con los respaldos correspondientes.

Sí. La nulidad del despido es compatible con las indemnizaciones por despido injustificado, lo que suele aumentar significativamente el monto total.

No dejes pasar el plazo legal. Actúa hoy.

Escríbenos y analizamos tu caso sin costo inicial, estés donde estés en Chile.

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